VISA PARA TRABAJADOR RELIGIOSO, VISA R
VISA DE TRABAJADOR
RELIGIOSO
VISA R
Información General
La visa R es para personas que buscan
ingresar a los Estados Unidos para trabajar como religiosos de forma temporal,
como lo define el Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA) §101(a)(15)(R).
Requisitos
Los trabajadores religiosos son personas
autorizadas por una entidad reconocida para llevar a cabo un culto o ceremonia
religiosa y/o asumir otras tareas normalmente realizadas por miembros
autorizados del clero de esa religión; incluye además a trabajadores que
participan de una vocación u ocupación religiosa. Usted debe cumplir los
siguientes criterios si desea obtener una visa de trabajador religioso:
·
Usted debe ser miembro de una denominación religiosa reconocida en los
Estados Unidos como una organización de buena fe sin fines de lucro
·
Su denominación religiosa y sus afiliados, si aplica, deben estar exentos
de pagar impuestos o calificar para la exención de impuestos.
·
Usted debe haber:
a. sido miembro de su
denomination por los dos años inmediatamente previos a su solicitud de estatus
de trabajador religioso
b. planeado trabajar como
ministro de su denominación en una ocupación o vocación religiosa para una
organización religiosa de buena fe y sin fines de lucro (o afiliado exento de
impuestos de dicha organización)
c. estado residiendo y
físicamente presente fuera de los Estados Unidos por el año inmediato previo,
si usted ha estado previamente en esta categoría por cinco años.
No hay ningún requisito de que usted
tenga residencia en el extranjero que usted no tiene intención de abandonar.
Sin embargo, usted debe tener la intención de salir de los Estados Unidos al
final de su estatus legal.
Peticiones
Su futuro empleador
debe presentar un Formulario I-129, Petición para
Trabajador No Inmigrante, con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS).
Para información más detallada sobre presenter un Formulario I-129, así como
requisitos, consulte la página web de USCIS R-1 Trabajador Religioso Temporal No Inmigrante.
Nota: Los futuros empleadores deben presentar la petición tan pronto sea posible
(pero no más de 6 meses antes de la fecha de inicio del empleo propuesto) para
dar el tiempo suficiente para el proceso de la petición y subsecuente visa.
Su petición, Formulario I-129, debe
estar aprobada antes de que usted pueda solicitar una visa en la Embajada.
Cuando su petición sea aprobada, su empleador o agente recibirá una
notificación llamada Notice of Action, Formulario I-797, que es la notificación
de la aprobación de su petición. El oficial consular verificará la aprobación de
su petición a través del Servicio de Gestión de Información de Peticiones del
Departamento de Estado (PIMS) durante su entrevista.
Usted debe presentar el número de recibo
de su petición I-129 a la Embajada para poder verificar la aprobación de la
petición. Tome en cuenta que la aprobación de una petición no garantiza la
emisión de una visa si usted es encontrado ineligible para una visa bajo la ley
de inmigración de los Estados Unidos.
Documentacion necesaria para la solicitud
Si usted solicita una visa de trabajador
religioso, debe presentar los siguientes documentos:
·
Página de confirmación del formulario de solicitud de visa DS-160. Para más
información sobre el formulario, visite la página del DS-160.
·
Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al
menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a
menos que acuerdos específicos con cada paísestablezca excepciones). Si más de una
persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe
entregar una solicitud.
·
El número de recibo tal como aparece en la petición aprobada, I-129. Tenga
en cuenta ya no se requiere que presente el formulario I-797 en la entrevista.
Adicional a estos documentos, debe
presentar el día de su entrevista la carta de confirmación donde indica que ha
programado su cita a través de este servicio. Puede además presentar documentos
adicionales que confirmen la información que ha proporcionado al oficial
consular.
Cómo Solicitar
Paso 1
Determine su clase de
visa leyendo Visas de No Inmigrante Más Comunes. En cada clase de visa explican los
requisitos y elementos de solicitud. Seleccione el tipo de visa aplicable a su
situación.
Asegúrese de revisar
el Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program). Si su país participa
en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita solicitar una visa si
viaja por negocios o placer y solo va a estar en los Estados Unidos por 90 días
o menos.
Paso 2
El siguiente paso es
completar el Formulario DS-160. Asegúrese de leer cuidadosamente la guía sobre cómo llenar el Formulario DS-160. Toda la información
debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no se puede
hacer ningún cambio. Si necesita ayuda, consulte un abogado de inmigración o un
traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su
Formulario DS-160. Usted necesitará su número de confirmación del DS-160 para
programar su cita.
¡Atención! Si su solicitud de visa fue denegada
previamente, es necesario completar un nuevo Formulario DS-160.
Paso 3
Ingrese a la página www.ustraveldocs.com para crear su perfil con sus datos biográficos y demás información
relevante al tipo de visa que solicita. A medida que vaya avanzando en el
proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa que solicita, ingresar sus
datos personales, agregar dependientes y seleccionar la oficina donde prefiere
recoger su pasaporte. Una vez complete su perfil, el sistema generará una
página de confirmación donde se le indicará el monto que debe pagar. Si usted
solicita junto con sus familiares, el sistema le dará la opción de agrupar
todas las solicitudes para obtener el monto total a pagar. Por favor imprima
esta página de confirmación y preséntela en el Banco Popular cuando vaya a
realizar el pago.
Paso 4
Ahora que usted ya completó su formulario
DS-160 y ha creado su perfil en línea, debe proceder a pagar la cuota de
solicitud de visa. El listado de la cuota de solicitud de visa, incluye el
costo de cada categoría de visa así como el equivalente en moneda local Los
pagos solo pueden realizarse en moneda local (pesos dominicanos).. Usted puede
realizar el pago de la cuota en cualquier sucursal del Banco Popular. Para más
información sobre sus opciones de pago, presione aquí. Para encontrar una
sucursal del Banco Popular, presione aquí.
Paso 5
Luego que realice el
pago en el banco, regrese a la página www.ustraveldocs.com e ingrese a sus datos para entrar a su perfil nuevamente. ra Encuentre la
opción de programar la cita y responda las preguntas correspondientes a sus
visas anteriores, si las ha tenido. Es importante completar las preguntas con
precisión y honestidad, estas preguntas determinarán si usted necesitará citas
en la Embajada y en el Centro de Atención de Visa (VAC),o solo una cita en el
VAC, o si califica para solicitar la visa a través de los servicios de
mensajería sin necesitar una cita.
La gran mayoría de los solicitantes
tiene que programar dos citas: una para el Centro de Atención de Visa (VAC) y
la otra para la Embajada.
·
Primero, programe su cita para la entrevista en la Embajada.
·
Dos, programe su cita para el Centro de Atención de Visa (VAC) para que se
tomen sus huellas digitales y su foto. Esta cita debe ser por lo menos un día
antes de la cita para la entrevista en la Embajada, aunque existe la
posibilidad de hacer las dos citas el mismo día cuando los solicitantes vienen
de sitios lejanos.
Cuando se encuentre en el la página
principal del sistema, haga click en el menú en “Programar una Cita” (en el
lado izquierdo de la página). Así se inicia el proceso para programar una cita.
Usted necesitará tres datos para
programar su cita:
·
El número de su pasaporte
·
El número de recibo del pago de la tarifa de visa. (Presione aquí si necesita ayuda para encontrar este
número.)
·
Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su
Formulario DS-160
Paso 6
El día de su cita en el Centro de Atención
de Visa (VAC), usted necesitará:
·
Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al
menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a
menos que acuerdos específicos con cada paísestablezca excepciones). Si más de una
persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe
entregar una solicitud.
·
La hoja de confirmación de su Formulario DS-160
·
En caso de que el solicitante sea menor de 8 años y no asista a la
entrevista, una fotografía según las especificaciones del Departamento de
Estado. Véase Fotografías y Huellas Digitales para mayor
información.
Paso 7
Después de asistir a
su cita en el VAC para tomerle sus huellas digitales y su foto; tendrá que
asistir a la Embajada de los Estados Unidos. Debe presentarse en la Embajada en el
día y la hora pautados para su entrevista, llegando no más de 15 minutos antes
de la hora de su cita. Debe presentarse a su cita con:
·
La hoja de confirmación de cita
·
La hoja de confirmación de su Formulario DS-160
·
Su pasaporte vigente (con código de barras fijado en el VAC) y pasaportes
anterior
·
Cualquier documentación que respalde su solicitud, dependiendo del tipo de
visa
La Embajada de los Estados no recibirá
solicitudes incompletas.
¡Atención! Los solicitantes cuya edad sea menor a 8 años al momento de su cita en la
Embajada, no tienen que asistir personalmente a la cita en el VAC ni a la
entrevista consular en la Embajada. Los padres o los tutores legales pueden
presentar los documentos mencionados previamente.
Si su visa está aprobada, la misma le
será entregada a través del servicio de mensajería tal como usted coordinó
cuando programó sus citas.
Documentos de Soporte
Los documentos de solvencia representan
solo uno de varios factores que el oficial consular va a considerar durante su
entrevista. Los oficiales consulares analizan cada solicitud de forma
individual y consideran, entre otros, factores profesionales, sociales y
culturales . Los oficiales consulares pueden analizar sus intenciones
específicas, situación familiar y sus planes y proyectos a largo plazo dentro
de su país de residencia. Cada caso es examinado de forma individual y se le
concede todas las consideraciones de ley.
¡Advertencia! No presente documentos falsos. El fraude o
la presentación de documentos falsos puede dar lugar a una inelegibilidad
permanente para la visa. Si le preocupa la confidencialidad, usted debe
presentar sus documentos en un sobre sellado. La Embajada no pondrá su
información a disposición de nadie y respetará la confidencialidad de su
información.
Usted debe presentar los siguientes
documentos a su entrevista:
·
Una carta de un oficial autorizado de la unidad específica de la
organización que le está dando empleo que certifique si su membresía religiosa
fue mantenida fuera de los Estados Unidos, en su totalidad o en parte; que las
organizaciones religiosas en el extranjero y en los Estados Unidos pertenecen a
la misma denominación religiosa y que, inmediatamente antes de su solicitud de
una visa R, usted ha sido miembro de la denominación religiosa por el periodo
de dos años requerido.
·
Si usted es ministro, que usted está autorizado para conducir un culto o
ceremonia religiosa para esa denominación. Sus funciones deben ser descritas en
detalle; o
·
Si usted es un profesional religioso, que posee tiene al menos un título de
licenciatura o equivalente, y que ese título es necesario para
ingresar en la profesión religiosa; o
·
Si usted va a trabajar en una vocación u ocupación no profesional, que está
calificado si el tipo de trabajo a realizar se relaciona a una función
religiosa tradicional.
·
El acuerdo para la remuneración, incluida la cantidad y la fuente del
salario, otros tipos de compensación, como alimentos y vivienda, y otros
beneficios de valor monetario que pueden fijarse, y una indicación de si estas remuneraciones serán a
cambio de servicios prestados.
·
Nombre y ubicación de la unidad organizacional específica de la
denominación o afiliación religiosa a la cual usted va a prestarle sus
servicios.
·
Si usted va a trabajar para una organización que es afiliada a una
denominación religiosa, una descripción de la naturaleza de la relación entre
las dos organizaciones.
·
Evidencia de los activos de su organización religiosa y sus métodos de
operación.
·
Los papeles de constitución de su organización bajo la ley estatal
aplicable.
Más información
Para más información
sobre visas para trabajadores religiosos visite el sitio web del Departamento de Estado.
Fuentes: www.ustraveldocs.com
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un profesional no dude en contactarme
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visa, asesórate con el Experto!!
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