VISA DE EMPLEADOS DOMESTICOS



VISA DE EMPLEADO DOMESTICO
VISA A3, B1 Y G5
Información General
El personal de servicio de carácter personal o doméstico que acompaña o sigue a un empleador a los Estados Unidos puede ser elegible para visa B-1. Esta categoría de empleados domésticos incluye, pero no está limitada, a cocineros, mayordomos, choferes, ayudantes de cámara, criados, niñeras, ayudantes de madres, jardineros y acompañantes pagados.
Empleados domésticos de un diplomático extranjero u oficial de gobierno puede sere elegible para una visa A-3 o G-5, dependiendo del estatus de visa del empleador.
Requisitos
Si usted es un empleado doméstico y desea solicitar una visa B-1, usted debe demostrar que:
·         El propósito de su viaje es entrar a los Estados Unidos para trabajar como empleado doméstico
·         Usted planea permanecer en los Estados Unidos por un periodo de tiempo específico y limitado
·         Su empleador cumple ciertos requisitos
·         Usted tiene evidencia de lazos sociales y económicos convincentes en el extranjero
·         Usted tiene residencia fuera de los Estados Unidos así como otros lazos que aseguran su retorno al país de origen al final de su contrato.
Acompañando al Titular de una Visa de No Inmigrante
Si usted es un empleado doméstico y desea solicitar una visa para viajar con su empleador quien busca admisión o está ya en los Estados Unidos bajo una de las categorías de visa B, E, F, H, I, J, L, M, O, P, Q, o R de no inmigrante, usted puede ser elegible para una visa de clasificación B-1, siempre que:
·         Usted tenga al menos un año de experiencia como personal o empleado doméstico como lo demuestran los certificados de empleadores anteriores
·         Ha estado empleado fuera de los Estados Unidos por su empleador por al menos un año antes de la fecha de la admisión de su empleador en los Estados Unidos o
·         La relación empleador-empleado existió inmediatamente antes de la fecha de solicitud de su empleador, y su empleador puede demostrar que el/ella empleó de manera regular (ya sea año completo o de forma estacional) ayuda doméstica por un periodo de años previos al momento de su solicitud
·         Certificación de que usted no va a aceptar ningún otro trabajo mientras esté trabajando con su empleador
·         Usted recibirá alojamiento y comida gratuitos, así como el pasaje aéreo de ida y vuelta de parte de su empleador, tal como está indicado bajo los términos del contrato de empleo
Acompañando a un Ciudadano Estadounidense
Empleados domésticos de ciudadanos americanos que tienen su residencia principal en el extranjero y viajarán temporalmente a los Estados Unidos o que por la naturaleza de su trabajo está sujeto a transferencias internacionales frecuentes y, como una condición de su empleo, debe permanecer en Estados Unidos por un periodo que no exceda los cuatro años,pueden ser elegible para una visa de clasificación B-1
Adicionalmente:
·         La relación empleador-empleado debe haber existido por lo menos 6 meses antes de la admisión de su empleador a los Estados Unidos o, alternativamente, su empleador ha empleado de forma regular un empleado doméstico en la misma capacidad mientras ha estado en el extranjero
·         Usted tiene al menos un año de experiencia como empleado personal o doméstico como lo demuestran los certificados de empleadores anteriores
·         Certificación de que usted no va a aceptar ningún otro trabajo mientras esté trabajando con su empleador
·         Usted recibirá alojamiento y comida gratuitos, así como el pasaje aéreo de ida y vuelta de parte de su empleador, tal como está indicado bajo los términos del contrato de empleo
Nota: Usted no puede calificar para una visa B-1 si su empleador es ciudadano estadounidense y va a residir permanentemente en los Estados Unidos, aún si usted ha estado empleado previamente por el ciudadano estadounidense en el extranjero.
Acompañando a un Residente Legal Permanente de los Estados Unidos
Los Residentes Legales Permanentes de los Estados Unidos (titulares de tarjetas verdes o Green cards) no tienen permiso bajo ninguna circunstancia de llevar a sus empleados domésticos a los Estados Unidos con visas B-1.
Requisitos de Contrato para Titulares de Visa B-1
Como empleado doméstico solicitando una visa B-1, usted debe presentar un contrato de empleo, firmado por usted y su empleador, que incluya:
·         Una descripción de sus tareas en los Estados Unidos
·         El número de horas que va a trabajar cada semana
·         El número de días festivos autorizados, vacaciones y días de permiso de enfermedad por año
·         El/los día(s) de descanso regulares de cada semana
·         La remuneración, la cual debe ser por lo menos el salario generalizado o el salario mínimo por hora bajo la ley federal (el que sea más alto) donde usted va a estar empleado por todas las horas de servicio. Puede encontrar los salarios mínimos actuales en todo Estados Unidos aquí y los salarios generales actuales aquí .
·         Una certificación de que usted va a recibir alojamiento y comida gratuitos
·         Una certificación de que su empleador va a asegurarse de que usted no se convierta en carga pública mientras esté trabajando para su empleador
·         Una certificación de que usted no va a aceptar ningún otro trabajo mientras esté trabajando con su empleador
·         Una certificación de que su empleador no se quedará con su pasaporte
·         Una certificación de que ambas partes entienden que a usted no se le puede exigir que permanezca en el lugar de trabajo después de terminar su jornada laboral sin recibir una compensación.
·         Una certificación de que su empleador le pagará los gastos iniciales de viaje a los Estados Unidos y después al siguiente lugar de trabajo asignado a su empleador o a su país de residencia habitual al término del contrato.
Acompañando al Titular de una Visa A-1, A-2, o G-1 - G-4 (Visas A-3 o G-5)
Si usted es el asistente, o empleado doméstico/personal de alguien que posee una visa A-1 o A-2 o G-1 a G-4 usted puede solicitar una visa bajo la clasificación A-3 o G-5. Como parte de su solicitud, es necesario demostrar que cumple con los requisitos de la clasificación A-3 o G-5, para ello puede presentarcartas de referencia de su empleador anterior, evidencia de empleo previo en ese sector, etc. Los oficiales consulares deben establecer el estatus oficial del empleador y la intención de ambas partes de entrar o permanecer en una relación empleador-empleado. Adicionalmente, los empleados domésticos de diplomáticos (A-3) y empleados de organizaciones internacionales (G-5) deben primero ser registrados en el Sistema de Información de la Oficina de Administración de Misiones Extranjeras del Departamento de Estado (TOMIS por sus siglas en inglés) antes de solicitar una visa. Para detalles de registro en TOMIS comuníquese con la Oficina de Misiones Extranjeras del Departamento de Estado.
Los solicitantes de visas A-3 y G-5 deben ser entrevistados por el oficial consular. Los solicitantes de visa A-3 y G-5, deben depositar su solicitud a través del Ministerio de Relaciones Exteriores o de la Embajada que representan. Los solicitantes de visa A-3 y G-5 no pagan la tarifa de solicitud de visa.
El oficial consular debe estar convencido de que el salario que va a recibir el solicitante de A-3 o G-5 es un salario justo, comparable con el ofrecido en esa área de empleo y suficiente para descartar inquietudes de que se convierta en carga pública. Las solicitudes para dichas visas deben incluir un contrato de trabajo firmado por el empleador y el empleado
Requisitos de Contrato para Titulares de Visas A-3/G-5
Como empleado doméstico solicitando una visa A-3 o G-5, usted debe presentar un contrato de trabajo firmado por usted y su empleador, que incluya:
·         Una garantía de que usted recibirá una remuneración igual al salario mínimo estatal o federal o el salario prevalente, el que sea mayor al momento de la solicitud. Puede encontrar los salarios mínimos actuales en todo Estados Unidos aquí y los salarios generales actuales aquí .
·         Una declaración de que después de los primeros 90 días de trabajo, todos los pagos salariales deben hacerse mediante cheques o transferencia electrónica a su cuenta bancaria. Ni el empleador ni los miembros de su familia deben tener acceso a sus cuentas bancarias.
·         Cuando el empleador es un diplomático extranjero, los asistentes domésticos que viven en el lugar de trabajo, bajo una práctica generalizada, reciben alojamiento y comida gratuitos adicional a su salario.
·         Una promesa de usted de no aceptar ningún otro empleo mientras esté trabajando para su empleador.
·         Una promesa de su empleador de que no va a quedarse con el pasaporte de usted, y una declaración indicando que ambas partes entienden que a usted no se le puede exigir que permanezca en el lugar de trabajo después de terminar su jornada laboral sin recibir una compensación
·         El contrato es esencial para el proceso en cuanto a que le proporciona a usted el marco en el que usted puede buscar cierta protección del empleo o de derechos humanos. Su empleador debe pagar los gastos iniciales de viaje a los Estados Unidos y después al siguiente lugar de trabajo asignado a su empleador o a su país de residencia habitual al término del contrato.
Documentacion necesaria para la solicitud
Si usted solicita una visa de empleado(a) doméstico(a), debe presentar los siguientes documentos:
·         Página de confirmación del formulario de solicitud de visa DS-160. Para más información sobre el formulario, visite la página del DS-160.
·         Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos que acuerdos específicos con cada paísestablezca excepciones). Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud.
·         Copia de la visa del empleador o documento que le autorice la entrada a Estados Unidos (pasaporte de uno de los países participantes del programa de exención de visas o pasaporte de EEUU)
·         Contrato de trabajo firmado por ambos, empleador y empleado, y que cumpla los requisitos mencionados anteriormente.
·         Para solicitantes de visa A3 y G5 solamente: Nota verbal donde se confirme el estatus laboral de su empleador, fecha de salida, propósito del viaje y duración de su estadía en los Estados Unidos. La nota verbal debe especificar el nombre del empleado y el título oficial del empleador. Los solicitantes de visa A3 y G5 no necesitan pagar la cuota de solicitud de visa.
Adicional a estos documentos, debe presentar el día de su entrevista la carta de confirmación donde indica que ha programado su cita a través de este servicio. Puede además presentar documentos adicionales que confirmen la información que ha proporcionado al oficial consular.
Cómo Solicitar
Los solicitantes de visa de empleados domésticos, a excepción de los solicitantes de visa A3 y G5, deben seguir los siguientes pasos:
Paso 1
Determine su clase de visa leyendo Visas de No Inmigrante Más Comunes. En cada clase de visa explican los requisitos y elementos de solicitud. Seleccione el tipo de visa aplicable a su situación.
Asegúrese de revisar el Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program). Si su país participa en el Programa de Exención de Visas, usted no necesita solicitar una visa si viaja por negocios o placer y solo va a estar en los Estados Unidos por 90 días o menos.
Paso 2
El siguiente paso es completar el Formulario DS-160. Asegúrese de leer cuidadosamente la guía sobre cómo llenar el Formulario DS-160. Toda la información debe ser correcta y precisa. Una vez el formulario sea enviado, no se puede hacer ningún cambio. Si necesita ayuda, consulte un abogado de inmigración o un traductor. El Servicio de Información de Visas no puede ayudarlo a completar su Formulario DS-160. Usted necesitará su número de confirmación del DS-160 para programar su cita.
¡Atención! Si su solicitud de visa fue denegada previamente, es necesario completar un nuevo Formulario DS-160.
Paso 3
Ingrese a la página www.ustraveldocs.com para crear su perfil con sus datos biográficos y demás información relevante al tipo de visa que solicita. A medida que vaya avanzando en el proceso, usted podrá seleccionar el tipo de visa que solicita, ingresar sus datos personales, agregar dependientes y seleccionar la oficina donde prefiere recoger su pasaporte. Una vez complete su perfil, el sistema generará una página de confirmación donde se le indicará el monto que debe pagar. Si usted solicita junto con sus familiares, el sistema le dará la opción de agrupar todas las solicitudes para obtener el monto total a pagar. Por favor imprima esta página de confirmación y preséntela en el Banco Popular cuando vaya a realizar el pago.
Paso 4
Ahora que usted ya completó su formulario DS-160 y ha creado su perfil en línea, debe proceder a pagar la cuota de solicitud de visa. El listado de la cuota de solicitud de visa, incluye el costo de cada categoría de visa así como el equivalente en moneda local Los pagos solo pueden realizarse en moneda local (pesos dominicanos).. Usted puede realizar el pago de la cuota en cualquier sucursal del Banco Popular. Para más información sobre sus opciones de pago, presione aquí. Para encontrar una sucursal del Banco Popular, presione aquí.
Paso 5
Luego que realice el pago en el banco, regrese a la página www.ustraveldocs.com e ingrese a sus datos para entrar a su perfil nuevamente. ra Encuentre la opción de programar la cita y responda las preguntas correspondientes a sus visas anteriores, si las ha tenido. Es importante completar las preguntas con precisión y honestidad, estas preguntas determinarán si usted necesitará citas en la Embajada y en el Centro de Atención de Visa (VAC),o solo una cita en el VAC, o si califica para solicitar la visa a través de los servicios de mensajería sin necesitar una cita.
La gran mayoría de los solicitantes tiene que programar dos citas: una para el Centro de Atención de Visa (VAC) y la otra para la Embajada.
·         Primero, programe su cita para la entrevista en la Embajada.
·         Dos, programe su cita para el Centro de Atención de Visa (VAC) para que se tomen sus huellas digitales y su foto. Esta cita debe ser por lo menos un día antes de la cita para la entrevista en la Embajada, aunque existe la posibilidad de hacer las dos citas el mismo día cuando los solicitantes vienen de sitios lejanos.
Cuando se encuentre en el la página principal del sistema, haga click en el menú en “Programar una Cita” (en el lado izquierdo de la página). Así se inicia el proceso para programar una cita.
Usted necesitará tres datos para programar su cita:
·         El número de su pasaporte
·         El número de recibo del pago de la tarifa de visa. (Presione aquí si necesita ayuda para encontrar este número.)
·         Los diez dígitos del código de barras de la página de confirmación de su Formulario DS-160
Paso 6
El día de su cita en el Centro de Atención de Visa (VAC), usted necesitará:
·         Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos con una validez de al menos seis meses más que el tiempo que va a permanecer en los Estados Unidos (a menos que acuerdos específicos con cada paísestablezca excepciones). Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que desee una visa debe entregar una solicitud.
·         La hoja de confirmación de su Formulario DS-160
·         En caso de que el solicitante sea menor de 8 años y no asista a la entrevista, una fotografía según las especificaciones del Departamento de Estado. Véase Fotografías y Huellas Digitales para mayor información.
Paso 7
Después de asistir a su cita en el VAC para tomerle sus huellas digitales y su foto; tendrá que asistir a la Embajada de los Estados Unidos. Debe presentarse en la Embajada en el día y la hora pautados para su entrevista, llegando no más de 15 minutos antes de la hora de su cita. Debe presentarse a su cita con:
·         La hoja de confirmación de cita
·         La hoja de confirmación de su Formulario DS-160
·         Su pasaporte vigente (con código de barras fijado en el VAC) y pasaportes anterior
·         Cualquier documentación que respalde su solicitud, dependiendo del tipo de visa
La Embajada de los Estados no recibirá solicitudes incompletas.
¡Atención! Los solicitantes cuya edad sea menor a 8 años al momento de su cita en la Embajada, no tienen que asistir personalmente a la cita en el VAC ni a la entrevista consular en la Embajada. Los padres o los tutores legales pueden presentar los documentos mencionados previamente.
Si su visa está aprobada, la misma le será entregada a través del servicio de mensajería tal como usted coordinó cuando programó sus citas.
Documentos de Soporte
Los documentos de solvencia son solo uno de varios factores que el oficial consular va a considerar durante su entrevista. Los oficiales consulares analizan cada solicitud de forma individual y consideran, entre otros, factores profesionales, sociales y culturales. Los oficiales consulares pueden analizar sus intenciones específicas, situación familiar y sus planes y proyectos a largo plazo dentro de su país de residencia. Cada caso es examinado de forma individual y se le concede todas las consideraciones de ley.
¡Advertencia! No presente documentos falsos. El fraudde o la presentación de documentos falsos puede dar lugar a una inelegibilidad permanente para la visa. Si le preocupa la confidencialidad, usted debe presentar sus documentos en un sobre sellado. La Embajada no pondrá su información a disposición de nadie y respetará la confidencialidad de su información.
Usted debería presentar los siguientes documentos:
·         Prueba de la capacidad de su empleador para pagar el salario ofrecido. Nota: Si usted está solicitando una visa A-3 o G-5, esto solo aplica si el empleador tiene un rango diplomático de consejero o menor.
·         Evidencia que demuestre que su estadía en los Estados Unidos será temporal.
·         Para más información visite el sitio web del Departamento de Estado.
Información Adicional

Para información adicional sobre visas A-3B-1, y G-5 visas, visite el sitio web del Departamento de Estado.

FUENTES: www.ustraveldocs.com

SOBRE EL AUTOR

ADMISTRADOR
Jairo Paulino es Asesor Migratorio Experto en Visa, fundador del Blog MigramaX un Blog dedicado a educar y asesorar en materia migratoria de alta calidad a los Dominicanos y el Mundo.

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